CUANDO UNA LLAMADA TELEFÓNICA TIENE MÁS PESO QUE UN BUEN ARGUMENTO.
Lic. Juan Pablo Brito Cavazos.
Julio 16, 2025.
AL SONAR EL TELÉFONO, MUERE EL ARGUMENTO.
Para quienes nos encontramos diariamente en la búsqueda incansable e infatigable de encontrar la Justicia y la Verdad, ahora nos vemos amenazados por un panorama incierto: el surgimiento del que pudiera constituirse cómo el único método procesal efectivo e infalible: la llamada telefónica.
Desgraciadamente a lo largo de la historia institucional en México, siempre todo ha parecido resolverse con llamadas telefónicas, favores, compromisos, incentivos y dádivas debido al carácter naturalmente político de las autoridades, lo cierto es, que quienes creemos en un Estado de Derecho, estas formas de resolver los problemas siempre constituirán métodos primitivos, miserables, pobres y mezquinos.
Constantemente escuchamos: “soy amigo del gobernador”, “tengo muy buena relación con el senador”, “fui a cenar a la casa del diputado el fin de semana” … a lo largo del tiempo este clímax ha propiciado el ambiente perfecto para el desarrollo de la corrupción, que ha permeado predominantemente en el poder ejecutivo y el poder legislativo, pero en menor medida, en el poder judicial[1].
No podemos negar que también en el poder judicial se han escuchado escándalos de corrupción y tráfico de influencias, debido a que siempre han existido juzgadores que han faltado a su más noble labor, el ejercicio real y transparente de la función jurisdiccional.
Sin embargo, tratándose del Poder Judicial de la Federación, siempre fueron casos y circunstancias aisladas, no recurrentes.
Esto debido a la naturaleza de la designación de los juzgadores, que nunca fue principalmente política. Para llegar a ser juzgador no se necesitaba de ninguna otra autoridad, ni del poder ejecutivo o del poder legislativo[2], no se necesitaba de comités de evaluación, tampoco de favores o compromisos políticos, ni mucho menos del voto popular de una determinada mayoría, únicamente se requería, por ser estrictamente indispensable: conocimiento jurídico sólido, disciplina, esfuerzo, años de servicio, constante estudio jurídico, continua preparación académica, a veces la renuncia a una vida socialmente activa e incluso, en algunos casos, a una vida familiar estable, todo ello se resume en lo que se llama: carrera judicial.[3]
Ahora los nombramientos en la judicatura, al menos por ahora solo para Jueces de Distrito, Magistrados de Circuito y Ministros de la Corte[4], tienen su origen en el voto popular, esto es, surgen de un proceso de designación claramente político.
Esto quiere decir, que las personas que sean juzgadoras estarán más preocupadas por querer agradarle a las mayorías, creando compromisos con éstas que les favorezcan para permanecer en el cargo e incluso conseguir en el futuro una reelección, tal y como sucede con los partidos políticos que se encuentran en una lucha continua por querer ser el partido oficial que tenga el control político del Estado.
De esto espero equivocarme y que la historia no me dé la razón.
Las resoluciones, los criterios y las sentencias de la denominada “doceava época” estarán marcadas por ser aquellas en las que los argumentos podrán tener la razón, pero las llamadas telefónicas podrán tener peso. Porque al sonar el teléfono, los argumentos no serán más que mártires de la legalidad, mientras que las llamadas, serán las que con felicidad se pasearán en la Corte o Tribunal. Seguirán existiendo juristas que estudien el Código y la ley, pero percibo, que habrá un sin número de leguleyos que prefieran estudiar el directorio telefónico y la red.
Al final la Justicia es ciega, pero no sorda… y podrá contestar cualquier llamada telefónica.
La responsabilidad argumentativa ya no recaerá principalmente en los jueces, sino en los juristas que planteen argumentos racionales en los tribunales en cada una de las demandas de las personas a quienes representen, quienes ahora tendrán que afrontar las estrategias de sus contrapartes, mismas que no necesariamente serán argumentativas.
Hasta el más grande jurista, al desarrollar y labrar con cuidado y acuciosidad el argumento más fino y preciso fundado en la razón, cuando vea que se aproxima el dictado de la sentencia, no podrá evitar sentir que sube al cadalso, porque el destino de la causa que defiende será, siempre, incierto.
Politizar el nombramiento de los jueces es la mejor manera de debilitar una democracia y la más fuerte amenaza para un Estado Constitucional de Derecho, por permitir muy elegantemente sustituir el derecho como lenguaje común por redes informales de poder, influencias y favores. Esta lógica opera bajo el velo de la discrecionalidad o la “gestión” institucional duramente criticada por Luigi Ferrajoli[5],
El nombrado jurista italiano sostiene que el derecho debe ser un sistema normativo cerrado, racional y fundado en el principio de legalidad, donde las decisiones jurisdiccionales no deben ser fruto de relaciones personales ni de criterios subjetivos, sino del cumplimiento riguroso de las garantías procesales y sustantivas[6].
Luigi Ferrajoli consiente de la tensión entre lo normativo y lo fáctico, afirma que no existe la democracia si los poderes públicos no están sometidos a vínculos legales precisos y efectivos[7]. Por ende, afirmar una arena jurídica donde una llamada telefónica pueda matar a cualquier argumento racional, representa el síntoma de una democracia erosionada en la que el poder no necesita razones ni del sometimiento a las normas, es el anunciado déficit estructural del constitucionalismo contemporáneo.
Mientras que las llamadas telefónicas sigan decidiendo lo que los argumentos deberían resolver, seguiremos viviendo en un Estado de forma, pero no de derecho.
En México la cultura de la legalidad parece ser menos importante todos los días, a las personas les resulta irrelevante si el poder se concentra en manos de una sola persona un grupo de personas, no existe un interés genuino por el respeto a las minorías, se desconoce el alcance de la división de poderes y la autonomía que deben tener las ramas del poder público, se descalifica a quienes piensan distinto, por un lado se enarbolan diariamente los derechos y libertades utilizando la bandera de la democracia pero por otro, la mayoría dominante constituye una tiranía fuerte y aplastante… estamos viviendo en un Estado “constitucional”, con un debilitamiento institucional jamás antes visto en la historia.
Por lo que hace a los procesos judiciales el peligro es claro e inminente; la naturaleza política en la actual designación de los jueces, magistrados y ministros permitirá que se abra más fácilmente la puerta del compromiso y la dádiva.
Puedo entender que la dilación y los formalismos excesivos en los procedimientos judiciales obstaculizan por completo el acceso a la justicia; es responsabilidad de quienes tienen el deber y la obligación de crear el ordenamiento jurídico que tengan siempre muy presente esto, sin embargo, esta labor no es de los jueces, a ellos se les encomienda aplicar la ley creada por el legislador de manera objetiva y racional, para lo cual se necesitan de argumentos y no así, de un buen teléfono.
Siempre he pensado –y lo seguiré haciendo–, tal y como lo expresó Piero Calamandrei, para encontrar a la Justicia es necesario serle fiel, ya que, como todas las divinidades, se manifiesta solamente a quien cree en ella.
Referencias.
[1] Al menos por lo que hace al Poder Judicial Federal.
[2] Con algunas excepciones, como el caso de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los que se requería la intervención del poder ejecutivo y el legislativo, o bien, como las magistraturas en la Justicia Local.
[3] Debido a los constantes cambios de adscripción, en los que los servidores públicos ante ciertas oportunidades de crecimiento, se veían en la necesidad de salir de sus ciudades de origen para trasladarse a otras en la búsqueda del asenso en la carrera judicial.
[4] Esto porque para ser Oficial Judicial, Actuario Judicial o Secretario de Juzgado o Tribunal, aún se requiere de la aplicación de concursos de oposición.
[5] Luigi Ferrajoli, jurista, dedicado al estudio profundo del derecho constitucional y uno de los teóricos más importantes del garantismo.
[6] Ferrajoli, L. (1995). Derecho y razón: teoría del garantismo penal. Editorial Trotta.
[7] Ferrajoli, L. (2013). La democracia a través de los derechos. El constitucionalismo garantista como modelo teórico y como proyecto político. Editorial Trotta.
Lic. Juan Pablo Brito Cavazos.
Mérida, Yucatán, México.